Los módulos de contribución en la propiedad horizontal son herramientas esenciales para el pago de las expensas comunes, tanto ordinarias como extraordinarias, y se aplican únicamente en edificios de uso mixto o comercial. Estos módulos deben estar claramente establecidos en los reglamentos de propiedad horizontal, los cuales deben especificar el procedimiento para su aplicación. La base legal de estos módulos se encuentra en la Ley 675 de 2001, específicamente en los artículos 25, numeral 3, 27 y 28. El artículo 25 establece que cada reglamento de propiedad horizontal debe señalar los coeficientes de copropiedad, los cuales se calculan conforme a la ley y están relacionados con el índice de participación de cada propietario en las expensas comunes. Así mismo, el artículo 28 estipula que en los edificios de uso mixto y comerciales, los coeficientes de copropiedad se calcularán en función del valor inicial del área privada y la destinación de los bienes, ponderando los usos y áreas.
Además, el artículo 27 es fundamental para la determinación de los módulos de contribución en edificios o conjuntos de uso mixto y comercial, ya que establece que los coeficientes de copropiedad se calcularán considerando una ponderación objetiva del área privada y la destinación específica de los bienes, lo que asegura una distribución justa y equitativa de las expensas entre los copropietarios. Los reglamentos de propiedad horizontal deben especificar de manera clara y precisa los criterios de ponderación utilizados, permitiendo la existencia de sectores diferenciados dentro del edificio, como el residencial y el comercial, para que cada uno asuma los gastos comunes correspondientes a su uso, como el mantenimiento de áreas comunes, ascensores, piscina y otros servicios. Estos módulos de contribución solo se aplican en edificios de carácter mixto o comercial cuando están específicamente indicados en los reglamentos, y su aplicación no es obligatoria para todos los edificios mixtos, sino que depende del cumplimiento de las condiciones establecidas en la ley y los reglamentos internos del conjunto.
En la práctica, los módulos de contribución permiten que las expensas comunes se distribuyan de acuerdo con los usos específicos de cada sector del edificio, como el residencial o comercial, pero solo si esto está expresamente previsto en los reglamentos. Es importante que los copropietarios conozcan cómo se calculan estos coeficientes y módulos para evitar conflictos y asegurar una distribución justa de los gastos. Además, cualquier cambio en los módulos de contribución debe ser aprobado en asamblea general, cumpliendo con los requisitos legales, como el acuerdo del 70% de los coeficientes de copropiedad, ya que cualquier modificación de los reglamentos es un proceso formal que implica una reforma. Esto asegura que los módulos de contribución se apliquen de forma equitativa, respetando la proporción entre los sectores del edificio y la naturaleza de sus usos, y contribuye a un equilibrio en la distribución de los costos operativos y de mantenimiento de la propiedad horizontal.